En los últimos tiempos, no paran de aparecer en los medios de comunicación noticias referentes a la publicación, sin consentimiento, de contenido sexual o violento que derivan en reclamaciones y conflictos.

Ha sido también en los últimos meses, con el desarrollo de la tecnología de la inteligencia artificial que asistimos preocupantemente a una creciente práctica protagonizada por menores de edad que utilizan dichos recursos para recrear sobre fotos y vídeos el desnudo de otras personas y su publicación sin consentimiento en foros de internet y grupos de Whatsapp.

Es importante tener muy en cuenta que nuestra imagen es un dato personal y, por tanto, la publicación en Internet de fotografías y vídeos en los que aparecemos debe hacerse de manera lícita. Sin embargo, como decimos, en la práctica se ha comprobado que la proliferación de dispositivos móviles y el acceso generalizado a Internet están propiciando la difusión, en muchas ocasiones de manera ilegítima e incontrolada, de nuestros datos personales a través de redes sociales y otras páginas web.

Los datos de carácter personal son cualquier información referente a personas físicas identificadas o identificables. La imagen de la cara de una persona es, por tanto, un dato personal, con independencia de que otros contenidos que se muestran en la imagen no se correspondan con la realidad. Quien difunda ilegítimamente contenidos o información sensible de otras personas sin su consentimiento puede incurrir en responsabilidades administrativas, civiles, penales o disciplinarias.

Padres, madres o tutores legales pueden llegar a tener que responder económicamente de la sanción administrativa impuesta a sus hijos o hijas menores de edad por infracciones de la normativa de protección de datos. Pulsa aquí para ver una infografía de la AEPD.

Sirva de muestra, este ejemplo de procedimiento sancionador en el que la multa impuesta tiene que ser abonada por los padres al tratarse de un menor.

Por otro lado, el Canal Prioritario, creado por la Agencia en 2019, es una iniciativa pionera que permite solicitar la retirada urgente de contenidos sexuales o violentos publicados en internet sin el consentimiento de las personas que aparecen ellos.

Así, si tienes conocimiento de la publicación de algún contenido de este tipo, puedes solicitar su retirada inmediata siguiendo los siguientes pasos:

    1. Comprueba si tu caso cumple los requisitos para acceder al Canal Prioritario
      Lo primero que se debe tener en cuenta es que el Canal Prioritario se ha habilitado para la atención de situaciones excepcionalmente delicadas, cuando los contenidos (fotografías, vídeos, audios) tengan carácter sexual o muestren actos de agresión y se estén poniendo en alto riesgo los derechos y libertades de los afectados, especialmente si se trata de colectivos como menores de edad o víctimas de violencia por razón de género. Puede acudir a este canal tanto la persona afectada como cualquier persona que tenga conocimiento de la difusión de este tipo de contenidos.En cambio, no se puede acudir a él si no eres ciudadano español o no te encuentras en España. La Agencia no puede solicitar la retirada de las imágenes en aquellos casos en los que la difusión se está produciendo mediante servicios de mensajería instantánea (por ejemplo, Whatsapp o Telegram), ni por medio de correo electrónico. No obstante, sí tiene competencias para iniciar un procedimiento sancionador contra quien difunda o replique este contenido utilizando dichos medios tras identificar al infractor.

 

    1. Reúne la información que debes aportar
      Deberás describir detalladamente las circunstancias en las que se ha producido la difusión no consentida de los contenidos, indicando en particular si la persona afectada es víctima de violencia de género, abuso o agresión sexual o acoso y si pertenece a otro colectivo especialmente vulnerable. Además, te solicitaremos que copies y pegues la dirección o direcciones web de acceso donde el contenido está publicado o identifiques claramente el perfil a través del que se están difundiendo.

 

    1. Utiliza las vías habilitadas para acudir al Canal Prioritario
      Puedes acudir al canal específico habilitado en nuestra sede electrónica a través de este enlace. Es importante que hagas uso de este canal para que analicemos tu reclamación de forma prioritaria y podamos actuar con rapidez.
      Si no dispones de medios de autenticación, podrás imprimir el formulario generado al final del proceso y presentarlo en cualquier oficina de las que encontrarás pinchando en este buscador. No obstante, los menores de edad que necesiten hacer uso del Canal Prioritario no necesitarán dicho certificado, puesto que existe un formulario específico para ellos.
  1. ¿Qué sucederá después?
    Una vez presentada la reclamación, la Agencia (AEPD) de forma prioritaria y, en su caso, y ordenará la retirada del contenido al prestador del servicio o plataforma donde se esté difundiendo. Además, si hay indicios de delito, lo pondrán en conocimiento de la Fiscalía. En tales circunstancias, te informarán de estos pasos. Si procede, la investigación continuará para tramitar un procedimiento sancionador contra las personas responsables de la difusión.

 

Esperamos que este contenido te resulte de interés.

Saludos del Equipo de OZONIA Consultores.