Aunque la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, LOPD) dista mucho de ser reciente, para muchos es una gran desconocida como lo es en general esta materia.

Prueba de ello es que si preguntamos a nuestros amigos o familiares por la lista Robinson descubriremos que la mayoría no saben que la misma es un servicio gratuíto de exclusión publicitaria gestionado por la Asociación Española de la Economía Digital. Al inscribirse en ella, los usuarios ponen de manifiesto su oposición a ser contactados con fines publicitarios por entidades con las que no mantienen o no han mantenido algún tipo de relación.

Hacer caso omiso a esta lista supuso que la Agencia Española de Protección de Datos (AGPD) inciara uno de los muchos procedimientos sancionadores que ha inciado durante los últimos años contra FRANCE TELECOM ESPAÑA, S.A.

La intervención de la AGPD tuvo su origen en la denuncia que realizó un particular disgustado por la recepción de llamadas publicitarias de Orange con posterioridad a su inscripción en la Lista y por haber recibido, frente a una reclamación previa, una respuesta por parte de la entidad con el siguiente contenido: “Confirmarle que su teléfono se encuentra en nuestra Lista Robinson y que desde France Telecom no le llamaremos para realizar ninguna campaña de televenta…”

El procedimiento sancionador finalizó con la imposición de una multa de 5.000 euros, ya que el Director de la Agencia consideró violado el art. 6 LOPD en relación con el art. 30.4 de la misma norma, estableciendo el primero la necesidad del consentimiento del afectado para el tratamiento de sus datos y el segundo lo siguiente: Los interesados tendrán derecho a oponerse, previa petición y sin gastos, al tratamiento de los datos que les conciernan, en cuyo caso serán dados de baja del tratamiento, cancelándose las informaciones que sobre ellos figuren en aquél, a su simple solicitud.

Si bien es cierto, cómo hemos mencionado al principio de este artículo, que para muchas personas en nuestra sociedad la protección de datos de carácter personal es una materia desconocida, también lo es que esta realidad está cambiando y que el número de denuncias ante la AGPD ha ido aumentado a lo largo de los últimos años. Lo cual es altamente beneficioso para la protección de este derecho cuya preservación es fundamental en estos tiempos que corren donde las últimas tecnologías y el flujo de información son protagonistas.

Por todo ello, una vez más desde OZONIA queremos recomendarles máxima diligencia y cuidado en el tratamiento de aquellos datos de los que son responsables.