Importancia del tratamiento de los expedientes de la Ley de Vagos y Maleantes en la actual LOPD.

Quién se maneje en el mundo de las leyes conocerá el contenido de la Ley Órganica de Protección de Datos (LOPD), pero el ciudadano de a pie no sabrá que en ella se explica cómo se tratan los expedientes de la Ley de Vagos y Maleantes y la Ley de Peligrosidad y Rehabilitación Social y entonces se preguntará, ¿Qué son estas leyes?

Para saberlo, hay que trasladarse a 1933, cuando en la II República, se creó la Ley de Vagos y Maleantes, en el que se pretendía controlar entre otros, a mendigos, «vagos habituales», proxenetas, los que practicasen juegos prohibidos, los ebrios y toxicómanos habituales, extranjeros o que simplemente se sospechara que podían cometer un delito. No se les imponía pena alguna, sino que se les imponía medidas de seguridad, pudiendo ser recluidos en centros de internamiento (considerados como campos de concentración), prohibirles vivir en un determinado lugar, aislarlos con fines curativos o expulsar a los extranjeros. En 1954, ya con la dictadura de Franco, se hizo una reforma que amplía el colectivo afectado a homosexuales y terroristas.  En 1970, se transformó la Ley de Vagos y Maleantes en la Ley de Peligrosidad y Rehabilitación Social, que ampliaba los colectivos afectados y establecían medidas más duras como el internamientos en cárceles y manicomios. Tras la muerte del dictador, la Ley se mantuvo en parte vigente hasta su completa derogación en 1995.

En la LOPD, en su Disposición Adicional Tercera, se establece que los expedientes instruidos al amparo de estas leyes, con datos que afecten a la seguridad, honor, intimidad, o imagen de las personas, no podrán ser consultados sin consentimiento expreso de los afectados o si han pasado 50 años desde su fecha. En este último supuesto, la Administración General del Estado, salvo constancia del fallecimiento de los afectados, pondrá  a disposición del solicitante, la documentación, suprimiento los datos aludidos anteriormente, utilizando procedimientos técnicos pertinentes.

Aunque encontrar estos expedientes es tarea difícil, existen Archivos Históricos donde se pueden localizar: Huelva, Granada, Sevilla y el Archivo Multijurisprudencial de Barcelona. El problema reside en su disgregación por el territorio nacional, su imposible acceso por no pasar el límite legal impuesto en la LOPD o que se encuentran en «paradero desconocido», dificultando la acreditación de personas desaparecidas durante la Guerra Civil y el probar el sufrimiento de los afectados, aún vivos, que buscaban indemnizaciones por parte de la Administración, gracias a la Ley de Memoria Histórica de 2007 (en 2013, se dejó de indemnizar a los homosexuales represaliados) o que buscaban reconocimiento social, derechos civiles y de propiedad sobre bienes arrebatados en la época.

En 2011, hay quien quiso comparar estas leyes derogadas con la propuesta ese año del actual Ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, de crear una ley que permita a los municipios retirar de las calles a los mendigos o la ordenanza municipal de Barcelona que sanciona «la mendicidad insistente, intrusiva, agresiva u organizada».

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