Los establecimientos de Andalucía deberán cambiar hojas de quejas y reclamaciones de los consumidores, así como los carteles informativos que avisan de la posibilidad de solicitar el libro de quejas tras la modificación del decreto 72/2008 que las regula por parte de la Junta de Andalucía.

Con fecha 8 de agosto 2013 se publicó en el BOJA  la Orden de 26 de julio de 2013, por la que se modifican los Anexos I, III y IV del Decreto 72/2008, de 4 de marzo, por el que se regulan las hojas de quejas y reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias en Andalucía y las actuaciones administrativas relacionadas con ellas.
En la práctica ello supone las siguientes novedades:

– Sustitución de las referencias a la Consejería de Salud por la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales.

– Incorporación en el cuadro de datos de la persona reclamante del nuevo campo «Nº Factura/Nº Vuelo/Otros» para facilitar a la empresa la localización de la documentación relativa a la reclamación y agilizar la resolución de la misma a la persona reclamante.

– Mejora de las explicaciones relativas a cómo rellenar la Hoja de Quejas y Reclamaciones fruto de las incidencias detectadas (indicación de «ver reverso», información de que pueden aportarse aclaraciones o escritos explicativos anexos).

– Mejora de las traducciones a la lengua inglesa, tanto de la Hoja como de los carteles informativos.

Adjunto te remitimos en el siguiente  enlace  de la web de la Junta de Andalucia donde aparecen en los anexos los modelos vigentes del cartel anunciador y hojas de reclamaciones.