La AEPD sanciona a Vodafone con dos multas de 50.000€

Una vez más una compañía de telefonía móvil ha sido sancionada por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), esta vez la que ha pecado de reincidente ha sido Vodafone España.

Estas sanciones tienen su origen en la inserción de los datos de un particular en una lista de morosos por el impago de diversas facturas. Hasta aquí no parece haber nada reprochable, pero este hecho ha de matizarse con la incapacidad de la sancionada para demostrar que el afectado ha contratado sus servicios.

Es por ello que la AEPD ha considerado vulnerado el art. 6.1 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de carácter personal que dice así:

«El tratamiento de los datos de carácter personal requerirá el consentimiento inequívoco del afectado (…)»

No debemos olvidar que el responsable del tratamiento de los datos es a quien corresponde asegurarse de que aquel a quién solicita consentimiento, efectivamente lo da, y que esa persona que está dando el consentimiento es efectivamente el titular de eso datos personales, debiendo conservar la prueba del cumplimiento de esta obligación.

Por otra parte, también se imputa al sancionado el incumplimiento del principio de calidad de los datos  recogido en el art. 4.3. de la LOPD, el cual establece la necesidad de que los datos sean exactos y actualizados.

Cada una de estas infracciones ha supuesto 50.000€ de multa a la gran teleoperadora que, como ya adelanté previamente, pertenece a un sector especialmente reincidente a la hora de incumplir con la LOPD.

Y es que no son pocas las multinacionales que, como ella, coleccionan sanciones en materia de protección de datos, debe ser porque, frente a su beneficios, estas multas no son más que una pequeña molestia.

Este tipo de actitud es la que pretende erradicar la nueva ley europea de protección de datos con la que las sanciones podrían llegar a ser de hasta 100 millones de euros o el 5 por ciento del volumen de negocios anual de la empresa infractora. No será hasta su entrada en vigor cuando podremos comprobar su eficacia.